¿Por qué?
Pues, así de sencillo, ni la realidad responde a la norma, ni la norma a la realidad.
Primer caso, la realidad no responde
a la norma:
La realidad: esta imagen corresponde al puente causante del desbordamiento, situado en la calle Ruiz Andión sobre el barranco de Palo Blanco. Para hacernos una idea de sus dimensiones, tomen como referencia el bloque del recuadro, con sus tres cámaras aislantes a la vista.
La norma: el párrafo 2 del artículo 34 - aquí transcrito literalmente - del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, refiriéndose a Usos comunes especiales y autorizaciones en el dominio público hidráulico - entiéndase aquí barrancos - dice:
Artículo 34.- 1. A la solicitud de autorización de cualquier obra, uso o actuación en el dominio público hidráulico se acompañará memoria descriptiva de las obras, plano de situación a escala 1:25.000 del tramo de dominio público afectado y plano de planta donde la obra solicitada quede definida con respecto al cauce y a los distintos elementos identificativos de su entorno, documentación que tendrá que ser suscrita por técnico competente cuando la naturaleza de las obras o usos requiera su intervención.
2. Cuando por la índole de la obra solicitada pueda verse modificada la capacidad de evacuación del cauce, se incluirán perfiles transversales de él y un estudio, confrontado con referencias históricas, si las hubiere, justificativo de que su capacidad de evacuación resultante permitirá el desagüe de la avenida con periodo de retorno de 500 años.
Las consecuencias: (fuente el Digital de Canarias)
En el municipio de Los Realejos, desde la rotonda del Castillo, el acceso al casco, hasta la rotonda que enlaza con la carretera de San Vicente, en especial en el tramo de los Barros, comprendido entre la gasolinera PCAN y el final del puente, los efectivos tuvieron que intervenir por desbordamiento del barranco ya que sobrepasó los dos metros de altura aproximadamente sobre la vía arrastrando vehículos, grandes piedras y otros materiales, inundando varias viviendas y locales. También fue necesaria la presencia de bomberos en la zona del Realejo Alto, La Cruz Santa, El Mocán y zona de la Montaña, entre otras.
La causa: No se cumplió con la norma, no ya la de la avenida a 500 años - yo creo que ni siquiera con la de los 50 años - y se realizó el entubamiento del cauce, al atravesar un núcleo urbano, con una sección insuficiente. Qué cálculos sobre caudal se tuvieron en cuenta?
La solución correcta es - a juicio de muchos - la de rebajar y ampliar el cauce del barranco a su paso por Ruiz Andión, aunque sea ahora mucho más costoso que si se hubiera hecho correctamente desde un principio.
¿Será éste el único caso en la Isla en que la realidad no responde a la norma, y que no se encuentre recogida la situación de riesgo en el PDA?
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